La Asociación rechaza el plan de medidas propuesto inicialmente ya que, según los residentes en el centro, solo sirve para “cubrir el expediente” y no propone soluciones serias a los problemas que vienen padeciendo a causa del ruido relacionado con las actividades de ocio.
El documento repasa las numerosas campañas de medición que se han realizado desde 2007, que han puesto en evidencia graves incumplimientos de los límites sonoros permitidos, y relaciona las normas que el Ayuntamiento estaría incumpliendo: dos leyes, tres reales decretos, dos decretos autonómicos y hasta la propia ordenanza municipal contra el ruido.
La Asociación tilda de inútil la propuesta de la moratoria a la apertura de más establecimientos de hostelería y ocio, ya que, argumenta, quedan pocos locales libres. O la limitación, que juzgan irrisoria, al horario de las terrazas, de tan solo una hora, y ello únicamente durante unos 70 días del año. Considera que tampoco se hace ninguna limitación efectiva del horario de cierre de los establecimientos.
Los vecinos reivindican en sus alegaciones una vez más su derecho no solo al descanso, sino a no ver invadido su hogar y su espacio vital por un ruido desmedido, que supera los límites acústicos establecidos por todas las normativas, incluso la propia del Ayuntamiento.
Plantean por tanto adelantar los horarios de cierre de los establecimientos gradualmente, en el primer semestre en una hora, y en el segundo en dos, en aquellos establecimientos que disponen de música. Además, para el caso concreto de las terrazas resaltan que tanto la normativa que regula la contaminación acústica como el reciente Decreto 155/2018 de la Junta de Andalucía obligan a que se cumplan estrictamente los máximos de ruido establecidos para la zona, que recuerdan son 55 decibelios entre las 23 y las 7 horas, mientras que denuncian que se alcanzan en la actualidad más de 80 en muchos puntos. También alegan que las terrazas deben retirarse necesariamente a las 23 horas, además de que durante el resto del día será indispensable reducir su superficie de manera significativa, una medida que ya se proponía en los estudios encargados por el propio Ayuntamiento.
La Asociación de Vecinos solicita que las actuaciones de los músicos callejeros, ahora permitidas por el Ayuntamiento en quince puntos de la ciudad, pero en la práctica toleradas en todo el centro, se autoricen solo si no hace uso de amplificación, y siempre que no afecten a los residentes. Plantean la necesidad de que el propio Ayuntamiento limite de manera importante la celebración de eventos y actos en la vía pública a los estrictamente relacionados con manifestaciones de tipo tradicional, como la Navidad o la Semana Santa, y que en todo caso se prohíba o limite el uso de amplificación en los que se autoricen.
Finalizan las alegaciones insistiendo en que la única medida eficaz, si se quiere resolver de verdad el problema, es el simple cumplimiento de la legalidad vigente, en cada una de sus normas. Además, argumentan que los empresarios y el propio Ayuntamiento deberían ser consecuentes con las proclamas recientes que tanto unos como otro han realizado en favor de un turismo sostenible, en línea con los objetivos de desarrollo sostenible de la O.N.U.
Por último, les piden a los concejales que, al aprobar definitivamente la declaración de Z.A.S. tengan la valentía de abordar este problema con la seriedad que a juicio de la Asociación es ya indispensable.
¿Qué sucede en Málaga con las terrazas, los bares y el ruido? ¿Por qué se han puesto así los hosteleros? ¿Por qué dicen que van a tener que cerrar las terrazas del Centro Histórico y despedir a gente? ¿Por qué tanto el presidente de la asociación principal de los hosteleros o el candidato a alcalde por Ciudadanos insisten en que les estamos ‘criminalizando’ impidiéndoles seguir creando riqueza y que el Centro debería cambiar de ser considerado ‘residencial’ a ser considerado ‘turístico’? ¿Los vecinos de la Asociación de Vecinos Centro Antiguo, de la Asociación de Vecinos Centro-Sur Soho Barrio de las Artes, de Romeral Contra el Ruido o los que comentan en las noticias de prensa o las redes sociales son una pandilla de: 1) exaltados o 2) amargados?
Vamos a aclarar las cosas y a desvelar mentiras.
1. DE LO PÚBLICO Y LO PRIVADO. En primer lugar, aclaremos la diferencia entre público y privado. El suelo donde se instalan las terrazas es público, de todos los ciudadanos. ¿Y por qué las usan ellos? Porque digamos que hay un ‘pacto social’ que conduce a que en una ‘economía de mercado’ se pueda ceder parte de lo público al sector privado para que éste haga negocio. Pero claro, con algunas condiciones y contrapartidas, y no solo económicas, ya que estamos en un ‘Estado social’: en otras palabras, dejamos que esos empresarios se lucren con lo público puesto que con su lucro generan indirectamente un beneficio a toda la sociedad: empleo, creación de riqueza, prestación de servicios… Las contrapartidas económicas, en Málaga, consisten que en el Centro Histórico, la parte más cara de la ciudad, cedamos el suelo a los hosteleros a 7,32 euros el metro cuadrado de terraza. Recordemos que los precios de mercado de los locales en la misma zona oscilan entre los 15/20 euros en las áreas más inhóspitas a los 170 euros de Larios o los 40/50 que suele valer en calles y plazas peatonales. O sea, que de media y como poco les dejamos el suelo de la calle a una sexta o séptima parte del valor que pagan por el interior (considerando además que todo lo del exterior es superficie útil y productiva, sin áreas improductivas como aseos o almacenes). ¿A condición de qué? De que hagan negocio limpio, contraten y paguen lo correcto a sus empleados, no ocupen más de lo permitido y no molesten con suciedad o ruidos.
4. DEL RUIDO Y LAS LEYES. Pero lo que motiva este ‘motín’ de una patronal que como decimos ha sido mimada y consentida gracias a nuestros impuestos y a la permisividad municipal, es por la declaración de ciertas calles y plazas del Centro Histórico y de Teatinos como Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS). Aquí hay que recordar que hay unas cuantas leyes de obligado cumplimiento, europeas, nacionales y autonómicas que protegen al ciudadano de la contaminación acústica: en la UE, la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo; en España, la Ley 37/2003, del Ruido, y los reales decretos 1513/2005 y 1367/2007, que la desarrollan; en Andalucía, la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y el Decreto 6/2012, que aprueba el Reglamento de protección contra la contaminación acústica de Andalucía. En resumen, todas esas normas ofrecen garantías a la ciudadanía contra el ruido reconociendo expresamente el derecho al descanso y a la intimidad e inviolabilidad (sonora también) de la vivienda y obligando a los poderes públicos a ‘medir’ las emisiones sonoras.
5. DEL RUIDO Y LAS ZAS. La normativa sobre contaminación acústica se incumple en Málaga, al menos, desde 2008. Los diversos estudios y campañas de medición realizados por el Ayuntamiento (2007, 2013, 2015, 2016, hechos por empresas independientes y homologadas) arrojan resultados de superación evidente de los límites (técnicamente se llaman ‘objetivos de calidad acústica’) durante todo el día en numerosas vías del Centro y prácticamente en todas las calles estudiadas durante el período de noche. Desde que se apreció que se trituraban estos máximos permitidos, ya en 2007, pero sobre todo en 2013, con una normativa autonómica clara en vigor, se tenía que haber iniciado la tramitación de las Zonas Acústicamente Saturadas (que son unos planeamientos compuestos de diversas medidas correctoras tendentes a corregir esas superaciones de los límites), pero esto no se ha hecho. No es pues una cuestión de ZAS sí, ZAS no. Es que obligan las leyes autonómicas, nacionales y europeas. Y casualmente, los informes de las empresas medidoras (como decimos, empresas independientes y homologadas), los estudios de organismos municipales (OMAU) e incluso las ponencias públicas de cargos políticos municipales del Área de Medio Ambiente coincidían en atribuir esa sistemática y desmesurada superación de los límites del ruido a la actividad hostelera: las recomendaciones principales eran reducir su espacio y reducir su tiempo de apertura. Aunque sería muy farragoso detallar todos los plazos, la declaración de las ZAS con las leyes en la mano ya se debió aprobar, a más tardar, en diciembre de 2015. Es decir, la legalidad lleva nada más y nada menos que tres años suspendida.
6. DEL TORTUOSO CAMINO A LA APROBACIÓN DEL ZAS. Todo el proceso de tramitación de la obligada por ley declaración de ZAS ha sido tortuoso: los hosteleros nunca llevaron propuestas a las mesas de negociación (postura que han adoptado también los grupos municipales de Ciudadanos y PSOE), torpedeaban las negociaciones con estratagemas diversas, y se reunían con el alcalde y concejales para presionarles fuera de las mesas establecidas. Uno de los ‘argumentos’ estrella de algunos tertulianos poco informados y empresarios sin escrúpulos es el de la búsqueda de un supuesto “equilibrio”, de una posición consensuada entre los derechos de los vecinos al descanso y los intereses económicos de los empresarios. O sea, que pretenden nada menos que ¡regatear con las normativas y las leyes! No. Aunque les pese, aquí lo que priman son los derechos constitucionales de los vecinos, que se ven conculcados si se superan los límites de ruido máximos previstos, y que protegen las leyes antes citadas. Y así lo entendió también el Defensor del Pueblo Andaluz, que instó al Ayuntamiento a tomar medidas reales y urgentes. El problema ha sido siempre del Consistorio, que engañó a residentes, al Defensor del Pueblo e incluso a los hosteleros responsables dilatando la aprobación de la obligatoria declaración de ZAS.
7. DE LA APROBACIÓN INICIAL. Pese a todo su intrincado y espinoso camino, y tras diferentes pasos previos (solo en este 2018, un primer Acuerdo de la Junta de Gobierno Local en febrero, mociones aprobadas en Pleno, periodos de consulta en Málaga Contesta, nuevo Acuerdo de la Junta de Gobierno en septiembre…) el ZAS se aprobó en el Pleno del pasado 25 de octubre. Ahora, más de dos semanas después, aún estamos a la espera que se publique en el Boletín de la Provincia y comience oficialmente el periodo de alegaciones.
8. DE LO QUE REGULA ESTE ZAS. Muy en resumen, las medidas de esta declaración de ZAS se reducen a una moratoria de apertura de negocios de hostelería en unas calles ya de por sí saturadísimas (poco más de 100 entre el Centro Histórico y Teatinos) y a una reducción de horario de solo una hora de domingo a jueves y únicamente en unos 70 días del año. Por eso no la apoyamos al principio de las negociaciones, por su tibieza; es un ZAS descafeinado pero al menos es un plan de acción y por tanto lo hemos defendido como mal menor. No en vano el Secretario del Ayuntamiento firmó un informe que pedía mayor restricción horaria y temporal para el ZAS. Señalemos que los horarios de las ZAS de Sevilla, Valencia, Madrid, Jerez o Castellón son mucho más restrictivos que los que se plantean para Málaga. Y allí, contrariamente a lo que vaticinan los empresarios malagueños sobre supuestas pérdidas de empleo y de tejido (vaticinios sin ningún fundamento científico, ningún estudio ni informe solvente), no se ha hundido el sector en ninguna de esas ciudades.
9. DE QUÉ NOS PARECE EL ZAS. Los vecinos creemos que las medidas incluidas en este ZAS son manifiestamente insuficientes. Por ello aportamos en todas las mesas de negociación y todos los pasos en los que se permitía la participación ciudadana unas completas y creemos que razonables alegaciones (en línea con las normas de los ZAS de otras ciudades españolas, y sobre todo dirigidas a corregir las causas de la emisión de ruidos: horarios y espacios ocupados). Igualmente, los grupos municipales Málaga para la Gente y Málaga Ahora protegieron el interés público con alegaciones y mociones en Pleno que los vecinos apoyamos. Ciudadanos y PSOE nunca aportaron alegaciones o planes alternativos, ni en las mesas ni en los órganos de decisión municipal. Los hosteleros tampoco (encima de la mesa, claro; por detrás no sabemos qué negociarían). Finalmente, el PP preparó, suponemos que azuzado por la opinión pública, el Defensor del Pueblo y la certeza de que estaba inclumpliendo la ley, una más que tibia propuesta a la que nos adherimos como mal menor, lo que también hicieron Málaga para la Gente y Málaga Ahora. Por ello no son ciertas las declaraciones del candidato a alcalde del PSOE para justificar su oposición al ZAS en el Pleno.
10. DE LA RESPUESTA DE LOS HOSTELEROS. Como se ha demostrado estos últimos días, con una humillación en vivo y en directo a un concejal al que no dejaron entrar en la reciente asamblea de MAHOS (la asociación principal de hosteleros de Málaga) pese a que iba a dejarse allí el orgullo y el mandato del Pleno del Ayuntamiento de octubre, algunos hosteleros están acostumbrados a, en sus palabras, “dar puñetazos encima de la mesa”, declaración que motivó titulares de prensa en 2016 ante los borradores de las ordenanzas de vía pública o el primer borrador municipal de ZAS. De hecho, han conseguido, como han hecho siempre, reunirse rápidamente con su ‘único’ interlocutor, el alcalde. Amenazan con dos medidas a adoptar el día del encendido del alumbrado navideño: un cierre patronal (que ellos llaman “huelga”) o una apertura ininterrumpida durante 24 horas. Recordemos que ambas medidas son ilegales. También piden (o exigen) “autorregulación” del sector, minusvalorando o ignorando los incumplimientos de las ordenanzas de vía pública (recordemos los informes del OMAU, organismo municipal) o la sistemática superación de los niveles sonoros permitidos por la ley. El mercado no se ‘autorregula’, sino que son los poderes públicos los que tienen que hacer cumplir la norma. Además, subrayemos, los representantes de los hosteleros jamás han planteado una sola propuesta de regulación o de autolimitación, ni siquiera en las zonas “dramáticas”, como la plaza Mitjana. Solo han propuesto, paralelamente al grupo municipal Ciudadanos, que sean los vecinos los que insonoricen sus casas… con subvenciones públicas. Algo así como proponer contra los navajazos que los navajeados sean provistos de puntos de sutura y betadine para que se curen… pagados además con dinero público. Nosotros los habitantes de la ciudad creemos sinceramente en que una parte de estos empresarios están equivocados, estamos convencidos de que a medio y largo plazo los hosteleros responsables y cumplidores, que son mayoría, saldrán beneficiados de una normativa municipal adaptada a las leyes superiores y que vele por la armonía entre la vida ciudadana y el negocio. En suma, los empresarios cumplidores de las normas y los vecinos pueden y deben convivir sin problemas, pero para ello es necesario un Ayuntamiento firme que legisle en tiempo y forma y que haga cumplir esas leyes, cosa que no está sucediendo ahora.
11. DEL CUENTO DE LA LECHERA DE LA DESTRUCCIÓN DEL SECTOR. Los ejemplos de otras ciudades con regulaciones más restrictivas en sus ZAS y de comunidades autónomas también turísticas que tienen límites de emisiones de ruido todavía más estrictas que la andaluza (la Comunidad Valenciana, por ejemplo) desmontan ese mantra de que este ZAS o la aplicación de la Ordenanza de la Vía Pública vayan a desmantelar el sector. En realidad, una parte muy significativa del sector hostelero malagueño aporta muy escaso valor añadido, y genera un empleo, según los sindicatos y la mayor parte de la comunidad académica, de ínfima calidad y gran precariedad, en muchos casos cercano a la explotación laboral. Las contrataciones, pagos y transacciones ‘en negro’ sí que son un problema para la convivencia democrática y la salud de nuestra economía. Lo que parece es que se quiere perpetuar este modelo de explotación intensiva del sector, basado en la apropiación del espacio público y en bajísimos salarios, hasta que no dé más de sí. Se engaña también cuando se dice que el decreto 155 de la Junta sobre el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía impide que haya terrazas en las ZAS (declaraciones del presidente de la asociación mayoritaria de hosteleros). Sí puede haberlas, siempre que cumplan los límites legales de ruido. O sea, siempre que cumplan la ley.
12. DE LA INACCIÓN MUNICIPAL. Como se extrae de todo lo anterior, el Ayuntamiento ha sido el culpable de no hacer cumplir sus propias normas, de ignorar o dilatar diríamos que con premeditación la legislación europea, nacional y autonómica y de dar alas a los empresarios incumplidores sometiéndose a sus presiones y negociando con ellos fuera de los canales democráticamente establecidos. Todo ello sin entrar en la consideración de hasta qué punto su acción reguladora ha favorecido y en qué grado los intereses espurios de una parte del empresariado frente al interés general. ¿Prevaricación?
13. DE LA SATURACIÓN DE LA CIUDAD. Que el Centro Histórico de Málaga se ha convertido en un parque temático que está acabando con su idiosincrasia es una evidencia para tirios y troyanos… salvo para los que se llenan el bolsillo con ello. En este escenario de pérdida de calidad residencial, que se agrava por una situación de gravísima emergencia habitacional (subida meteórica de alquileres, expulsión del vecindario, inseguridad en nuestros edificios), hay que replantearse el modelo de ciudad. La cuestión habitacional y el modelo de visitante requeriría otro monográfico: aquí solo apuntamos que la hipertrofia de viviendas de uso turístico (VUT) está íntimamente ligada a una especulación urbanística salvaje y a un turismo de bajísima calidad que explota intensivamente la ciudad contra los derechos de sus residentes, y que solo se puede entender junto a un modelo intensivo de hostelería depredadora. Queremos hostelería, sí, y de calidad, que cumpla las leyes y los objetivos y metas de la Agenda 2030 de la ONU, que incluye aspectos como la calidad ambiental, el trabajo decente o el turismo sostenible. El modelo no puede ser otro que la ciudad inclusiva, en la que los vecinos, los turistas de paso y los residentes de los hoteles y las viviendas turísticas, que hoy llenan de comentarios negativos sobre el ruido de la ciudad las plataformas web de contratación, cuenten con altos estándares de calidad ambiental, y en la que dispongamos de una hostelería y un comercio responsables y de calidad.
ASOCIACIÓN DE VECINOS CENTRO ANTIGUO DE MÁLAGA
11 de noviembre de 2018
Hace dos días, los vecinos de toda Andalucía hemos recibido la noticia de que la Junta de Andalucía ha aprobado el Nomenclátor ( Decreto por el que se regulan las modalidades y condiciones de celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas, los tipos de establecimientos públicos, su régimen de apertura o instalación, los horarios que rigen su apertura y cierre, y se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía).
Este decreto viene a empeorar la situación de ruido y desamparo que sufren los ciudadanos de múltiples municipios, abriendo la puerta a una verbena continua y descontrolada
Los residentes del Centro Histórico de Málaga hemos leído con preocupación y estupor el Proyecto de Decreto por el que se regulan las modalidades y condiciones de celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas, los tipos de establecimientos públicos, su régimen de apertura o instalación, los horarios que rigen su apertura y cierre, y se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía, también conocido como Nomenclátor, que vendría a derogar, entre otras normas, el vigente Decreto 78/2002, de 26 de febrero.
Desde la Asociación de Vecinos Centro Antiguo de Málaga planteamos las siguientes alegaciones basándonos en nuestra responsabilidad de defender los derechos fundamentales de la ciudadanía en las zonas residenciales, unos derechos que son cada vez más vulnerados en esta espiral de turistificación, gentrificación y sometimiento a la hostelería de los centros urbanos europeos, y que se verían aún más conculcados en caso de aprobarse esta norma. Nuestros asociados hablan de “afrenta a los vecinos de cualquier lugar que se suponga que ha de ser habitable”, de ausencia en su exposición de motivos y su letra de “palabras y conceptos como convivencia, vecinos, ciudadanía, habitabilidad, ruido, descanso, derechos fundamentales, inviolabilidad del domicilio, y un largo etcétera”. En suma, estamos hablando de un decreto que supondría un ataque a la protección real y efectiva de la calidad de vida y de los derechos constitucionales de la ciudadanía establecidos en los arts. 43 (derecho a la protección de la salud), 45 (a un medio ambiente adecuado) y 18 (derecho a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio).
El legislador tiene la obligación de contemplar nuestra posición de ciudadanos ‘acorralados’ por el ruido y la invasión del espacio público para fines privados (y la de tantas otras ciudades y barriadas análogas) a la hora de elaborar una norma que es menos garantista, más laxa y ambigua que la anterior y que está plagada de conceptos jurídicos indeterminados. Que parece estar escrita, sospechamos, para fomentar la arbitrariedad y el ‘laisser faire’. En este sentido, coincidimos plenamente con el espíritu de la Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 16/5658 dirigida a Consejería de Justicia e Interior. Si bien tal resolución responde a un borrador anterior del Decreto, su planteamiento, análisis y conclusiones son totalmente válidos ya que los cambios entre la ‘Propuesta’ a la que se refiere y el actual ‘Proyecto’ son de posición y numeración del articulado o cosméticos (alguna matización en cuestión de horarios y poco más).
Según el Defensor, nuestros derechos fundamentales podrían sufrir “cierto riesgo de ser vulnerados por la contaminación acústica derivada de la emisión de música en estos locales y/o en sus terrazas, tal y como tiene reconocido una jurisprudencia muy consolidada del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo”. Pues bien, en el Centro Histórico de Málaga esta situación de vulneración de derechos es, lamentablemente, la norma. En el III Encuentro de la plataforma vecinal europea Vivre la Ville Europe!, clausurado en marzo de 2017 en Madrid, se aludió al caso concreto de Málaga (como ejemplo negativo) y se coincidió en que los problemas comunes a los centros históricos europeos se resumen en dos ejes principales: la degradación del patrimonio material y humano mediante los fenómenos de la gentrificación y la turistificación, y los efectos de la movida, ocio nocturno y la privatización del espacio público por motivos lucrativos que son antepuestos al interés general y al cumplimiento de las propias leyes y normativas. Pues bien, este Decreto sería una puerta abierta al agravamiento de dichos problemas.
Se ha descrito nuestra situación como la de una “deportación planificada del vecino del centro”. Dicha expulsión vendría ahora acompañada por el fragor emanado de una norma que permitiría la música ‘de ambiente’ o ‘de fondo’ en terrazas, la emisión de música pregrabada y en vivo hasta 80 dBA en el interior de todos los establecimientos de hostelería de Andalucía, la instalación de terrazas o veladores en la vía pública en discotecas y salas de fiestas, y la ampliación de horarios de hostelería en ‘municipios turísticos’ y ‘zonas de gran afluencia turística’. Si el Ayuntamiento de una ciudad de más de 600.000 habitantes no podía (o utilizaba una pasividad cómplice, rayana en la prevaricación y la dejación de funciones) hacer cumplir una norma relativamente garantista de derechos, ¿cómo se puede pretender que los pequeños consistorios andaluces puedan controlar otra más ambigua, con conceptos jurídicos vagos e indeterminados?
En suma, asistimos a una colisión en el espíritu del Decreto entre la protección de derechos fundamentales y universales y la intención de dar rango de ley a lo que realmente son intereses particulares de un sector económico concreto. Bajo el disfraz de una norma reguladora se está presentando un plan estratégico de desarrollo de la actividad hostelera (de una cierta manera de edificar el sector hostelero, desde nuestro punto de vista endeble, enfocado a un turismo y un ocio de baja calidad), que ignora al 100 % el ruido provocado por veladores y por conciertos.
Reiteramos, el objetivo del Decreto es apoyar una manera de desarrollo no sostenible de la hostelería y abrir la mano para que sean los municipios quienes decidan dónde y hasta cuándo poner veladores, incluso en discotecas, y para que se permitan actuaciones en todo tipo de establecimientos. Y por mucho que figuren algunas supuestas limitaciones en cuanto a los sectores en los que se permite la instalación de terrazas o veladores donde antes no se permitía o de instalación de equipos de amplificación de música en veladores o “espacios al aire libre de establecimientos de hostelería”, el legislador ha empleado términos suficientemente laxos como para que la excepcionalidad sea la norma. Las expresiones “afluencia de visitantes”, “para incentivar el desarrollo económico” o “dotar de infraestructuras de servicios si existiera demanda”, así como la autorización por espacio de hasta cuatro meses de la música amplificada en terrazas suponen que la supuesta “excepcionalidad” se convertirá en norma. Además, como también advierte el Defensor del Pueblo, el argumento de la permisividad por sectores (‘áreas de sensibilidad acústica’) se tambalea ya que los usos turísticos y terciarios tienen una localización contigua a los usos residenciales, y a que el problema de la contaminación acústica es que el ruido se transmite a través de ondas sonoras que son ‘difíciles de compartimentar’. Todo ello coincide con la manifiesta escasez de medios e incluso de voluntad para medir los niveles de ruidos en municipios de todo tipo (si en Málaga no hay un control, por pasividad cómplice del Ayuntamiento, de la contaminación acústica, qué panorama tendrán los vecinos de municipios con menos medios).